ZBE Palma 2026: multa desde julio de 2025 (200 €)
📋 La ZBE de Palma multa 200 € desde julio de 2025, no enero de 2026: la etiqueta B pierde el acceso libre en 2027 y la C en 2030.
Verificado el 30 de septiembre de 2026.
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TL;DR
Palma multa con 200 € en la ZBE Centre Ciutat desde el 1 de julio de 2025, no desde enero de 2026. La ordenanza rige desde el 22 de diciembre de 2024, con multas suspendidas hasta el 30 de junio de 2025. Hoy solo la etiqueta A necesita autorización; B, C, ECO y 0 circulan libres hasta el 31 de diciembre de 2026, y la B la necesitará desde el 1 de enero de 2027.
¿Tiene Palma una Zona de Bajas Emisiones aprobada de verdad?
Sí, con todas las de la ley. La Ordenanza municipal reguladora de las zonas de bajas emisiones (ZBE) del Ayuntamiento de Palma se tramitó como cualquier ordenanza local: consulta pública del borrador hasta el 28 de junio de 2024, aprobación inicial por el Pleno el 25 de julio de 2024 (publicada en el BOIB núm. 103 de 6 de agosto de 2024, con 30 días de información pública), resolución de alegaciones (seis alegantes estimados total o parcialmente, entre ellos la Conselleria de Salud y Cruz Roja Española) y aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento el 13 de noviembre de 2024. El texto íntegro se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) núm. 167, de 21 de diciembre de 2024 (Fascículo 311, Sección I, entrada 13207), y su Disposición final segunda fija que la ordenanza "entrará en vigor en el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares": el 22 de diciembre de 2024. Así lo confirma también, sin ambigüedad, el decreto municipal de implantación posterior.
La base competencial invocada por el artículo 3.2 de la ordenanza es cuádruple: el artículo 14.3.a) de la Ley 7/2021, de cambio climático y transición energética, que obliga a establecer ZBE a determinados municipios; el artículo 7 de la Ley de Tráfico (RDLeg 6/2015); el Real Decreto 1052/2022, que regula las ZBE; y la Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética de las Illes Balears. Esta última se cita solo como título competencial: ni las etiquetas, ni las fechas, ni la multa de la ZBE de Palma salen de ella, sino de la ordenanza municipal.
¿Restringe el acceso por la etiqueta ambiental de la DGT?
Sí, y en esto Palma se parece a Madrid o Barcelona, no a Pontevedra o A Coruña: el criterio de acceso a la ZBE Centre Ciutat es la etiqueta ambiental de la DGT, clasificada según el Reglamento General de Vehículos. La zona está delimitada por el interior del anillo de las Avenidas —que coincide con las antiguas murallas— y el frente marítimo, según el Anexo 1 de la ordenanza. Dentro de ese perímetro, el artículo 7 prohíbe el acceso, la circulación y el estacionamiento de los vehículos que no figuren en el Anexo 2, apartado 1, salvo que obtengan autorización temporal de un registro municipal.
El reparto por etiqueta, sin embargo, no es fijo: cambia por fases. El propio Anexo 2 fija tres periodos de implantación de la Fase I para la ZBE Centre Ciutat: el primero desde la entrada en vigor de la ordenanza, el segundo desde el 1 de enero de 2027 y el tercero desde el 1 de enero de 2030. En el periodo vigente hoy, solo los vehículos sin distintivo (etiqueta A) necesitan autorización; las etiquetas 0, ECO, C y B, además de ciclos, bicicletas y vehículos de movilidad personal, circulan libres sin necesidad de registrarse.
¿Desde cuándo sanciona realmente la ZBE de Palma? El error que corregimos
Aquí está el dato que había que verificar y que estuvo mal en nuestra propia tabla de la guía general de ZBE en España hasta el 23 de septiembre de 2026, cuando corregimos la fila de Palma: decía que la ciudad multaba desde enero de 2026 y desde esa fecha dice que lo hace desde el 1 de julio de 2025. La ordenanza entró en vigor el 22 de diciembre de 2024, pero eso no significa que las multas empezaran ese día. El propio Ayuntamiento, mediante la Resolución núm. 20184, de 23 de diciembre de 2024, publicada en el BOIB núm. 8, de 16 de enero de 2025 (Fascículo 13, Sección III, entrada 310), aprobó "una moratoria con suspensión del régimen sancionador e infracciones de los artículos 16 y 17 de la ZBE, por razones de interés general [...] y con el fin de facilitar la información necesaria a los ciudadanos [...] así como poder facilitar el tiempo suficiente [...] para la inscripción en el Registro municipal de vehículos". El propio texto del BOIB fecha el final de esa moratoria en "31/06/2025", una fecha que no existe en el calendario —junio tiene 30 días—: es una errata de la propia Administración, que hay que leer como 30 de junio de 2025, tal y como confirma sin ambigüedad la nota de prensa oficial del Ayuntamiento de Palma del 25 de junio de 2025.
El asunto se complicó cinco meses después de aprobarse la moratoria. El 29 de mayo de 2025, el Pleno del Ayuntamiento aprobó, mediante un pacto entre los grupos de PP y Vox, prorrogar el inicio del régimen sancionador hasta el 31 de diciembre de ese año —una moción presentada originalmente por la concejala de Vox Gari Durán, que pedía directamente la retirada de la ZBE, y que la oposición calificó de "ilegal" en el propio pleno, según la prensa local—. De haberse aplicado, la ZBE de Palma no habría empezado a sancionar hasta 2026, que es exactamente la fecha que daba la prensa que citábamos en esa tabla hasta la corrección del 23 de septiembre de 2026. Pero aquel acuerdo era una moción plenaria, no un decreto, y no se aplicó: el equipo de gobierno renunció a ampliar la moratoria —el regidor de Movilidad, Antonio Deudero, apeló al "sentido común y la prudencia" y al riesgo de que Palma quedara fuera de las ayudas ministeriales y europeas, según recogió COPE el 25 de junio de 2025— y el régimen sancionador arrancó el 1 de julio de 2025, tal y como estaba previsto en el Decreto de implantación original (resolución de 23 de diciembre de 2024, publicada en enero de 2025). Lo confirma la nota de prensa oficial del Ayuntamiento del 25 de junio de 2025 ("El 30 de junio finaliza el periodo de exención de sanciones...") y, en una publicación oficial posterior, el propio Ayuntamiento en el BOIB núm. 37 de 24 de marzo de 2026, que recoge literalmente, en su versión oficial en castellano: "El 1 de julio de 2025, se inició el régimen sancionador y de infracciones de los artículos 16 y 17 de la Ordenanza de la ZBE". No hemos localizado ningún balance oficial publicado de las sanciones de la ZBE, así que no damos cifras de multas.
¿Qué etiquetas circulan libres hoy y cuándo cambia el calendario?
La tabla siguiente resume el calendario oficial del Anexo 2 de la ordenanza, confirmado también en la página informativa del Ayuntamiento:
| Periodo | Etiquetas libres sin autorización | Etiquetas que necesitan autorización |
|---|---|---|
| Desde el 22-dic-2024 hasta el 31-dic-2026 | 0, ECO, C y B; ciclos, bicicletas y VMP; motos sin distintivo (excepción del Anexo 2, ap. 3.2.d, solo hasta el 31-dic-2026) | A (sin distintivo) |
| Desde el 1-ene-2027 hasta el 31-dic-2029 | 0, ECO y C; ciclos, bicicletas y VMP | A y B (incluidas motos con esas etiquetas o sin distintivo) |
| Desde el 1-ene-2030 | 0 y ECO; ciclos, bicicletas y VMP | A, B y C |
Un coche eléctrico con etiqueta 0 circula libre en las tres fases previstas: el Anexo 2 no le exige autorización en ninguna de ellas. Eso vale para la ZBE, no para las áreas de circulación restringida (ACIRE) que hay dentro de su perímetro: según el propio Anexo 2 siguen rigiéndose por la Ordenanza municipal de circulación y, según la FAQ municipal, exigen su propio distintivo o autorización. Un diésel con etiqueta C, en cambio, circula libre hoy pero pasará a necesitar autorización a partir del 1 de enero de 2030. Una novedad de septiembre de 2026 no cambia quién puede entrar, pero sí dónde se podrá aparcar: la Resolución núm. 21376, de 3 de septiembre de 2026 (BOIB núm. 113, de 10 de septiembre de 2026), convierte las plazas ORA de los sectores 1.1, 1.2 y 1.3, coincidentes con la ZBE, en plazas de aparcamiento restringido (ZAR) para residentes autorizados, con implantación efectiva prevista para el 1 de enero de 2027.
¿Cuánto es la multa y hay descuento por pronto pago?
La infracción está tipificada en el artículo 17 de la ordenanza como infracción grave: "el no respetar las restricciones de acceso, circulación y estacionamiento establecidas en las ZBE". El apartado 2 de ese mismo artículo fija la multa en 200,00 euros, y el apartado 3 permite (no obliga a) incrementarla un 30% —hasta 260 €— "en caso de reincidencia de la persona responsable", entendiendo por reincidencia cometer más de una infracción de la misma naturaleza en el plazo de un año, declarada por resolución firme. El artículo 16.1 aclara que la base de la infracción es el apartado Z3 del artículo 76 del texto refundido de la Ley de Tráfico (RDLeg 6/2015), la misma infracción grave estatal en la que se apoya, por ejemplo, la multa de la ZBE de Madrid.
Aquí conviene ser precisos, porque hemos revisado el texto completo de la ordenanza y no aparece ninguna reducción por pronto pago: ni la expresión "pronto pago", ni el porcentaje del 50%, ni una remisión expresa a los artículos 93 y 94 del RDLeg 6/2015, que son los que regulan esa reducción en el procedimiento sancionador de tráfico. Lo que sí dice el artículo 16.1 es que la sanción se impone "en base a las infracciones del artículo 76 z3" de esa misma Ley de Tráfico, cuyo procedimiento prevé con carácter general el 50% de reducción por pago en 20 días naturales. A diferencia de Madrid o Bilbao, cuya ordenanza o su web oficial sí mencionan expresamente el descuento, en Palma ni la ordenanza ni la página informativa de la ZBE lo mencionan. La página de Multas del Ayuntamiento sí alude con carácter general a "la reducción del 50% de la cuantía", que se pierde al presentar alegaciones o recursos, pero sin referirse expresamente a las sanciones de la ZBE: no afirmamos ni negamos que se aplique a estas multas. Tampoco hay franja horaria: el Anexo 1 fija el "tiempo de aplicación" de la ZBE Centre Ciutat como "Continuo", es decir, la restricción se aplica las 24 horas del día, los siete días de la semana, sin descanso nocturno ni de fin de semana, a diferencia de Bilbao o Barcelona, cuyas webs oficiales limitan la restricción de lunes a viernes de 7:00 a 20:00.
¿Cómo funciona el control? ¿Necesito llevar la pegatina?
El control es automático. El artículo 11.1 de la ordenanza establece que "el control de acceso a las ZBE se realizará mediante un sistema automático de lectura de matrículas de los vehículos y con la plataforma tecnológica implantada en la sala de Control del tráfico y gestión de la movilidad", con el que se comprueba si el vehículo puede acceder o no. El artículo 11.2 añade que la instalación de cámaras y videocámaras se autoriza mediante Decreto de Alcaldía. La propia página informativa oficial del Ayuntamiento lo confirma en su FAQ: "No es necesario llevar visible el adhesivo del distintivo ambiental en el vehículo. El sistema de control mediante lectura de matrículas consulta directamente con la DGT qué distintivo ambiental corresponde a cada vehículo". La cifra de "16 cámaras" que publicó la prensa local en diciembre de 2024 (mallorcadiario.com, 25 de diciembre de 2024) no aparece ni en la ordenanza ni en el Decreto de implantación: es un dato de prensa, no confirmado en fuente oficial.
¿Qué autorizaciones y excepciones existen para acceder sin la etiqueta adecuada?
La ordenanza no deja fuera a todo el que tenga un vehículo sin distintivo: prevé un registro municipal de vehículos autorizados (artículo 10) al que pueden inscribirse, entre otros, los residentes empadronados en la ZBE cuyo vehículo sea de renting, leasing, retribución en especie o alquiler (excepción que el Anexo 2, apartado 2.1.a, mantiene vigente hasta el 31 de diciembre de 2026), los propietarios o arrendatarios de garajes, viviendas o locales, los titulares de comercios y negocios, los vehículos de personas con movilidad reducida, los clientes de hoteles con pernoctación (solo para circular y cargar o descargar equipaje), los vehículos de transporte de mercancías con tarjeta de carga y descarga, los talleres de reparación (máximo 7 días laborables, a través del Libro taller electrónico de la DGT), las entidades sin ánimo de lucro de carácter social o humanitario y los vehículos con matrícula extranjera de residentes (autorización máxima de 6 meses). Desde la revisión del Anexo 2 aprobada por decreto de 13 de marzo de 2026 y publicada en el BOIB núm. 37 de 24 de marzo de 2026, también el resto de vehículos con matrícula extranjera que cumplan los requisitos ambientales de cada periodo pueden inscribirse con 5 días naturales de antelación a la fecha de acceso y obtener un permiso de 30 días naturales (nuevo apartado 2.1.k); esa misma revisión amplió de "menores de 12 años" a "menores de edad" las autorizaciones de los apartados 2.2.a y 2.2.j (acompañamiento de personas dependientes y de alumnos). Y hay supuestos que no exigen solicitar nada, entre ellos: los vehículos de residentes empadronados en la ZBE que sean de su propiedad o de los que consten como conductores habituales en la DGT; los vehículos históricos acreditados según el RD 892/2024; las motocicletas sin distintivo, solo hasta el 31 de diciembre de 2026; los que se dirigen a los centros sanitarios del Hospital General, el Ambulatorio El Carme, la Clínica Rotger y la Mutua Balear por los itinerarios señalizados; y los que entran a un aparcamiento público subterráneo, municipal o privado, siempre que lleguen a él en un máximo de 30 minutos desde el acceso a la ZBE y entren y salgan por el itinerario autorizado (Anexo 2, apartados 3.1 y 3.2).
¿Tiene algo que ver la Ley balear de cambio climático con esta ZBE?
Solo como fundamento legal de la ordenanza, no como norma que regule las etiquetas ni el calendario de esta ZBE. La Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética de las Illes Balears aparece citada en el artículo 3.2.d de la ordenanza junto a la Ley 7/2021 estatal, la Ley de Tráfico y el Real Decreto 1052/2022, como una de las normas que atribuyen al Ayuntamiento la competencia para regular la ZBE. No hemos localizado en la ordenanza ni en sus anexos ninguna restricción de circulación, calendario o sanción que derive directamente de esa ley balear: todo el régimen —etiquetas, fases, multa, control— está en la ordenanza municipal. La propia Ley 10/2019, en su texto consolidado en el BOE (última actualización de octubre de 2025), ya no contiene el calendario de restricción al diésel de su redacción original de 2019: su artículo 67 vigente fija el objetivo de vehículos libres de emisiones en 2050, habilita al Govern a limitar por decreto la circulación de vehículos contaminantes y obliga a los municipios que superen los límites de calidad del aire a restringir la circulación por emisiones. No hemos localizado ningún decreto autonómico dictado al amparo de ese artículo que afecte a Palma.
Errores comunes
- "Palma multa desde enero de 2026": falso. Esa fecha correspondía a la prórroga de la moratoria votada por el Pleno el 29 de mayo de 2025, que no se aplicó. El régimen sancionador arrancó el 1 de julio de 2025, según la nota oficial del Ayuntamiento del 25 de junio de 2025 y el BOIB núm. 37 de 24 de marzo de 2026.
- "Palma no multa porque el Pleno lo aplazó": falso. El acuerdo plenario del 29 de mayo de 2025 fue una moción, no un decreto, y el Ayuntamiento no lo aplicó: las multas están activas desde el 1 de julio de 2025.
- "Hace falta llevar la pegatina en el coche": falso. La FAQ oficial del Ayuntamiento aclara que no es necesario llevar visible el adhesivo, porque el sistema de lectura de matrículas consulta directamente a la DGT el distintivo de cada vehículo.
Fuentes oficiales
- Ordenanza municipal reguladora de las ZBE de Palma — texto íntegro, oficial, Ajuntament de Palma (aprobación definitiva, 13-nov-2024).
- BOIB núm. 167, de 21 de diciembre de 2024 — publicación oficial del acuerdo de aprobación definitiva y el texto íntegro de la ordenanza, oficial (copia también en mobipalma.mobi).
- BOIB núm. 8, de 16 de enero de 2025 — Resolución núm. 20184: implantación de la ZBE y moratoria con suspensión del régimen sancionador, oficial (copia también en mobipalma.mobi).
- BOIB núm. 37, de 24 de marzo de 2026 — versión oficial en castellano del decreto núm. 5483, de 13 de marzo de 2026: revisión de las autorizaciones del Anexo 2 (matrícula extranjera, menores de edad) y confirmación oficial del inicio del régimen sancionador el 1 de julio de 2025, oficial.
- BOIB núm. 113, de 10 de septiembre de 2026 — Resolución núm. 21376, de 3 de septiembre de 2026: ampliación de la ORA y conversión en ZAR de las plazas ORA situadas en el ámbito de la ZBE, oficial.
- Información Zona de Bajas Emisiones (ZBE) — Ajuntament de Palma, Mobilitat — página informativa oficial, con FAQ, calendario y trámites, oficial.
- Nota de prensa oficial del Ayuntamiento de Palma sobre el fin de la exención de sanciones — Comunicación y prensa, Ajuntament de Palma, oficial, 25 de junio de 2025.
- Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética de las Illes Balears (texto consolidado, BOE-A-2019-5579) — artículo 67, vehículos de combustión interna, oficial, consolidado a octubre de 2025.
Preguntas Frecuentes
¿Sanciona hoy la ZBE de Palma?
Sí. El régimen sancionador está activo desde el 1 de julio de 2025, fecha que el propio Ayuntamiento confirma en el BOIB núm. 37 de 24 de marzo de 2026. Hoy solo se sanciona a los vehículos sin distintivo ambiental (etiqueta A) que entran sin autorización.
¿Es cierto que Palma no multó hasta enero de 2026?
No. Esa fecha correspondía a una prórroga de la moratoria votada en el Pleno el 29 de mayo de 2025 que finalmente no se aplicó. El Ayuntamiento mantuvo la fecha original y empezó a sancionar el 1 de julio de 2025.
¿Qué etiqueta necesita autorización para entrar en Palma hoy?
Solo la etiqueta A, es decir, los vehículos sin distintivo ambiental de la DGT. Las etiquetas 0, ECO, C y B circulan libres sin autorización al menos hasta el 31 de diciembre de 2026.
¿Cuándo empezará a necesitar autorización la etiqueta B?
A partir del 1 de enero de 2027, según el Anexo 2 de la ordenanza, y hasta el 31 de diciembre de 2029.
¿Cuánto es la multa de la ZBE de Palma?
200 €, según el artículo 17.2 de la ordenanza, que puede incrementarse a 260 € (+30%) en caso de reincidencia declarada en el plazo de un año.
¿Hay reducción por pronto pago?
La ordenanza no la recoge. La sanción se impone con base en el art. 76.z3 de la Ley de Tráfico, cuyo procedimiento prevé con carácter general un 50% por pago en 20 días naturales, y la página general de Multas del Ayuntamiento alude a una reducción del 50% de la cuantía, pero ninguna fuente municipal la refiere expresamente a las multas de la ZBE.
¿Necesito llevar la pegatina de la DGT en el coche?
No. El control se hace por lectura automática de matrículas (artículo 11.1 de la ordenanza) y, según la FAQ oficial del Ayuntamiento, el sistema consulta directamente a la DGT el distintivo de cada vehículo.
¿Puedo entrar en la ZBE si soy residente en el centro de Palma?
Sí. Con etiqueta B, C, ECO o 0 hoy entras sin trámite. Si tu coche no tiene distintivo y es de tu propiedad o constas como su conductor habitual en la DGT, el Anexo 2 (apartado 3.1.a) lo incluye en el registro municipal sin necesidad de solicitarlo, y la web municipal confirma que no hay que hacer ningún trámite; si es de renting, leasing o alquiler, hay que pedir la autorización (apartado 2.1.a). Las áreas ACIRE del centro siguen exigiendo su propia autorización.
¿Restringe la ZBE de Palma solo en determinadas horas?
No. El Anexo 1 fija el tiempo de aplicación como "Continuo": la restricción se aplica las 24 horas del día, todos los días de la semana.
¿La Ley balear de cambio climático añade alguna restricción extra a la ZBE?
A la ZBE de Palma, no: la ordenanza la cita solo como base competencial (artículo 3.2.d), junto a la Ley 7/2021, la Ley de Tráfico y el RD 1052/2022. La ley balear no regula etiquetas ni calendarios de ZBE; su artículo 67 habilita al Govern a restringir por decreto la circulación de vehículos contaminantes, sin que conste ninguno aplicable a Palma.
Resumen rápido
- ✅ Palma sanciona de verdad desde el 1 de julio de 2025, con base en la Ordenanza aprobada el 13-nov-2024 (BOIB núm. 167, 21-dic-2024) y el Decreto de implantación (BOIB núm. 8, 16-ene-2025).
- ❌ No es cierto que la ciudad "rigiera sin sanción" hasta enero de 2026: esa fecha era una prórroga votada por el Pleno el 29-may-2025 que finalmente no se aplicó.
- ✅ Solo la etiqueta A (sin distintivo) necesita autorización hoy; 0, ECO, C y B circulan libres al menos hasta el 31-dic-2026.
- ⚠️ La etiqueta B empezará a necesitar autorización el 1-ene-2027, y la C el 1-ene-2030.
- ✅ La multa es de 200 €, que puede subir a 260 € por reincidencia; la ordenanza no recoge reducción por pronto pago (la estatal del 50% no consta ni confirmada ni excluida expresamente para la ZBE).
- ✅ La restricción es continua, las 24 horas, sin la franja de lunes a viernes de 7:00 a 20:00 que tienen Bilbao o Barcelona.
- ❌ La Ley balear de cambio climático (Ley 10/2019) no regula esta ZBE: la ordenanza solo la cita como base competencial.
- ✅ No hace falta llevar la pegatina física de la DGT: el control es por cámara y lectura de matrícula.
Si conduces un eléctrico, con la etiqueta 0 no tendrás que preocuparte por ninguna de las tres fases del calendario de Palma. Si quieres comprobar directamente si tu coche puede entrar, usa el comprobador de ZBE. Y si te estás planteando el cambio a eléctrico precisamente para librarte de estas restricciones, revisa las ayudas vigentes en el Plan Auto+ 2026 y la deducción del 15% en el IRPF.