Ayudas

Plan Auto+ 2026: hasta 4.500 € y ya se puede pedir

🚗 Ya se puede pedir el Plan Auto+: hasta 4.500 € por turismo, 6.000 € para autónomos y plazo hasta el 31 de diciembre. Requisitos y cómo solicitarlo.

Verificado el 4 de agosto de 2026.

Sí, ya se puede pedir. La convocatoria del Plan Auto+ para particulares se ha abierto hoy, 4 de agosto de 2026, a las 10:00, con plazo hasta el 31 de diciembre a las 14:00 o hasta agotar los 350 millones de euros disponibles. La ayuda llega a 4.500 € por turismo eléctrico (6.000 € para autónomos), es retroactiva para compras desde el 1 de enero de 2026 y, a diferencia del MOVES III, la gestiona directamente el Ministerio de Industria, con resolución en un máximo de seis meses.

¿Qué es el Plan Auto+ y qué norma lo regula?

El Programa Auto+ es la ayuda estatal a la compra de vehículos eléctricos y electrificados que sustituye al MOVES III, extinguido el 31 de diciembre de 2025. Su recorrido normativo tiene tres hitos, y conviene distinguirlos porque buena parte de la confusión en internet viene de mezclarlos:

  1. El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, creó el programa y fijó su presupuesto: 400 millones de euros para 2026.
  2. El Real Decreto 609/2026, de 22 de julio (BOE del 23 de julio), aprobó las bases: cuantías, requisitos y funcionamiento.
  3. La Orden de convocatoria, con extracto publicado en el BOE núm. 189 del 4 de agosto de 2026, ha abierto el plazo de solicitudes.

El programa tiene dos líneas: la Línea 1 para particulares sin actividad económica (350 millones) y la Línea 2 para autónomos y empresas (50 millones).

¿Se puede pedir ya? Estado exacto de la convocatoria

Línea 1 (particulares): abierta desde hoy. Según el extracto publicado en el BOE, el plazo va del 4 de agosto de 2026 a las 10:00 (hora peninsular) al 31 de diciembre de 2026 a las 14:00, salvo agotamiento previo del presupuesto (el artículo 3.1 del RD 609/2026 ordena conceder por orden de presentación hasta agotarlo). La solicitud se presenta por vía telemática en la sede electrónica del Ministerio de Industria y Turismo, con certificado digital, DNIe o Cl@ve.

Línea 2 (autónomos y empresas): aún no. El RD 609/2026 exige que cada convocatoria incluya una única línea (artículo 5.2), y la publicada hoy es solo la de particulares. El Ministerio prevé convocar la Línea 2 después del verano, también con retroactividad al 1 de enero de 2026. Si eres autónomo o empresa: guarda factura y matriculación, y espera tu convocatoria — comprar ahora no te hace perder la ayuda.

Las solicitudes se atienden por orden de llegada: el sistema telemático reserva automáticamente el importe pedido del presupuesto disponible en el momento de presentar. Con 350 millones para particulares y una ayuda media estimada de 3.000-4.000 €, hay presupuesto para en torno a 100.000 operaciones, según cálculos publicados por la prensa especializada.

¿Cuánto dinero dan? Cuantías por tipo de vehículo y comprador

Estos son los importes máximos que fija el Real Decreto 609/2026:

VehículoParticularAutónomo / microempresaOtras empresas
Turismo (M1)4.500 €6.000 €4.500 €
Furgoneta (N1)5.000 €7.500 €5.000 €
Moto (L3e-L5e)1.100 €1.100 €1.100 €
Cuadriciclo (L6e-L7e)1.500 €1.500 €1.500 €

Además, los autónomos y microempresas de determinadas actividades podrán acceder a importes reforzados cofinanciados por el Fondo Social para el Clima, solo para vehículos cero emisiones: hasta 7.000 € por turismo y 12.000 € por furgoneta. Las actividades concretas (códigos CNAE) se definen en convocatoria.

Ojo: el máximo no es automático. La cuantía real se calcula sumando tres criterios, como porcentaje del importe máximo:

CriterioCondición% del máximo
TecnologíaEléctrico puro o hidrógeno50%
TecnologíaHíbrido enchufable o autonomía extendida25%
Precio (solo turismos)Hasta 35.000 € sin impuestos25%
Precio (solo turismos)De 35.000 a 45.000 €15%
Fabricación europeaMontaje final en la UE15%
Fabricación europeaBatería fabricada en la UE (en eléctricos puros exige además criterios de resiliencia y sostenibilidad)10% adicional

El desdoble por precio (25%/15%) aplica solo a los turismos; las demás categorías reciben su tramo fijo. Tres ejemplos con turismo y comprador particular:

  • Eléctrico puro de 28.000 € montado en la UE con batería europea: 50 + 25 + 15 + 10 = 100% → 4.500 €.
  • Eléctrico puro de 28.000 € fabricado fuera de la UE: 50 + 25 = 75% → 3.375 €.
  • Híbrido enchufable de 40.000 € montado en la UE sin batería europea: 25 + 15 + 15 = 55% → 2.475 €.

¿Qué requisitos hay que cumplir?

  • Precio máximo del vehículo: 45.000 € antes de impuestos en turismos (los extras y servicios asociados cuentan); 10.000 € en motos.
  • Descuento del concesionario: en turismos y furgonetas nuevos, la factura debe incluir un descuento de al menos 1.000 € antes de impuestos vinculado expresamente al Programa Auto+. Este descuento es adicional a la ayuda pública.
  • Achatarramiento: no es obligatorio ni existe como tramo. Desaparece la figura del MOVES III que elevaba la ayuda a cambio de desguazar un coche viejo.
  • Comprador (Línea 1): persona física mayor de edad, con residencia legal en España, sin actividad económica, al corriente con Hacienda y la Seguridad Social. No hay requisito de renta. Límite de 1 vehículo por beneficiario (3 si eres autónomo persona física, 10 por empresa).
  • Seminuevos y km0: entran si no han pasado más de 12 meses entre la primera matriculación y la fecha de tu factura.

¿Compré el coche antes de la convocatoria? Retroactividad

El programa es retroactivo: son subvencionables los vehículos nuevos matriculados desde el 1 de enero de 2026 y los seminuevos con primera matriculación desde el 1 de enero de 2025. Y hay un detalle que casi nadie cuenta: si compraste antes de la apertura del plazo y tu factura no menciona el descuento de 1.000 € del Programa Auto+, la disposición transitoria primera del Real Decreto 609/2026 te exime de ese requisito documental. No necesitas rehacer la factura: reúne el resto de documentación y solicita.

¿En qué se diferencia del MOVES III?

AspectoMOVES III (2021-2025)Plan Auto+ (2026)
Gestión17 comunidades autónomas, cada una a su ritmoCentralizada en el Ministerio de Industria
Plazo de cobro1-2 años reales en muchas CCAAResolución en máximo 6 meses (por remisión a la Ley General de Subvenciones)
PresupuestoRepartido en cupos autonómicos que se agotaban de forma desigualBolsa única estatal de 400 millones
AchatarramientoOpcional: elevaba la ayuda del turismo de 4.500 a 7.000 €No existe: máximo único de 4.500 €
Criterio europeoNo existíaHasta un 25% extra por fabricación en la UE
RetroactividadNoCompras desde el 1 de enero de 2026
Requisitos iguales en toda EspañaNo (anexos y plazos por CCAA)Sí: mismas condiciones y un solo portal

La diferencia estructural es la gestión centralizada: se acabó que la ayuda dependiera de en qué comunidad vives y de cuándo agotaba su cupo. La contrapartida: quien achatarraba un coche viejo con el MOVES III llegaba a 7.000 €; ese máximo ya no existe.

¿Cómo se cobra la ayuda y cuánto tarda?

Aquí conviene desmontar el titular más repetido: la ayuda no se descuenta en la factura del concesionario. Lo que va en factura es solo el descuento comercial obligatorio de 1.000 €. La ayuda pública se solicita telemáticamente, el sistema reserva tu importe por orden de llegada y, tras la resolución de concesión, el Estado la paga por transferencia bancaria. El plazo máximo de resolución es el que fija la Ley General de Subvenciones (artículo 25.4, al que remite el RD): seis meses desde la solicitud; pasado ese plazo sin respuesta, el silencio es desestimatorio.

Además, la subvención tributa como ganancia patrimonial en la base general del IRPF del año en que se cobra, igual que ocurría con el MOVES III. Cuenta con devolver entre un 19% y un 47% según tu tramo.

¿Es compatible con la deducción del IRPF y con ayudas autonómicas?

Sí, con matices:

  • Deducción IRPF del 15% (base máxima de 20.000 € en la compra, hasta 3.000 €; y 15% del punto de recarga sobre base de 4.000 €, hasta 600 €, vigente para operaciones hasta el 31 de diciembre de 2026): es compatible, pero la base de la deducción se calcula restando primero la subvención del valor de adquisición. Tienes el detalle en nuestra guía de la deducción IRPF por coche eléctrico y cargador.
  • Planes autonómicos: el artículo 3.3 del Real Decreto 609/2026 permite acumular otras subvenciones no europeas hasta el 80% del coste subvencionable. Consulta qué programas siguen vivos de verdad en tu territorio en el tracker de ayudas por comunidad autónoma — ojo, que alguno anunciado como abierto agotó su crédito hace días.

Errores comunes

  • Creer que la ayuda se descuenta en el concesionario. Falso: pagas el coche completo (menos los 1.000 € de descuento comercial) y el Estado te transfiere la ayuda después de resolver tu solicitud.
  • Esperar "a que salga la convocatoria" cuando ya está abierta. Desde el 4 de agosto de 2026 a las 10:00 el plazo de la Línea 1 está en marcha, y el presupuesto se reserva por orden de llegada.
  • Descartar la solicitud por haber comprado en enero. Las compras desde el 1 de enero de 2026 entran, y las anteriores a la apertura están exentas del requisito del descuento en factura.
  • Contar con 7.000 € por achatarrar. Ese tramo era del MOVES III; en el Auto+ no existe el achatarramiento y el máximo del turismo para particulares es 4.500 €.
  • Olvidar el IRPF. La ayuda tributa como ganancia patrimonial y, si aplicas la deducción del 15%, debes restar la subvención de la base.
  • Dar por hecho el importe máximo. Un eléctrico fabricado fuera de la UE de menos de 35.000 € se queda en 3.375 €, no en 4.500 €.

Fuentes oficiales

Preguntas Frecuentes

¿Puedo pedir ya la ayuda del Plan Auto+?

Sí. El plazo para particulares (Línea 1) está abierto desde el 4 de agosto de 2026 a las 10:00 y termina el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00, salvo que los 350 millones se agoten antes. Se solicita en la sede electrónica del Ministerio de Industria.

Compré mi coche eléctrico en febrero de 2026, ¿tengo derecho a la ayuda?

Sí. El programa es retroactivo para vehículos nuevos matriculados desde el 1 de enero de 2026. Además, si tu factura no menciona el descuento de 1.000 € del programa, estás exento de ese requisito por comprar antes de la apertura del plazo (disposición transitoria primera).

¿La ayuda me la descuentan directamente en el concesionario?

No. En la factura solo va el descuento comercial obligatorio de 1.000 € del vendedor. La ayuda pública se pide online y se cobra por transferencia bancaria tras la resolución, con un plazo máximo de seis meses por remisión a la Ley General de Subvenciones.

¿Es obligatorio achatarrar un coche viejo?

No. El Plan Auto+ no contempla el achatarramiento ni como requisito ni como incremento de la ayuda. En el MOVES III era opcional y elevaba la ayuda del turismo hasta 7.000 €; ahora el máximo para particulares es de 4.500 €.

¿Qué coches entran en el Plan Auto+?

Turismos eléctricos, de hidrógeno, de autonomía extendida e híbridos enchufables con precio de hasta 45.000 € antes de impuestos, incluidos extras y servicios asociados. También furgonetas, motos (hasta 10.000 €) y cuadriciclos, y seminuevos con menos de 12 meses desde la primera matriculación.

¿Cuánto dinero me corresponde exactamente?

Depende de tres criterios que suman porcentajes del máximo: tecnología (50% eléctrico puro, 25% híbrido enchufable), precio en turismos (25% hasta 35.000 €, 15% hasta 45.000 €) y fabricación europea (15% montaje UE más 10% por batería europea, que en eléctricos puros exige criterios adicionales). Solo un eléctrico puro europeo de menos de 35.000 € cobra los 4.500 € completos.

¿La ayuda tributa en la declaración de la renta?

Sí. Se declara como ganancia patrimonial en la base general del IRPF del año en que se cobra, igual que ocurría con el MOVES III. Según tu tramo, Hacienda recupera entre un 19% y un 47% del importe.

¿Es compatible con la deducción del 15% del IRPF?

Sí, pero la base de la deducción se calcula restando primero la subvención del precio de compra. La deducción llega a 3.000 € (base máxima de 20.000 €) para vehículos con operaciones hasta el 31 de diciembre de 2026.

¿Puedo sumar la ayuda de mi comunidad autónoma?

Sí. El Real Decreto 609/2026 permite acumular otras subvenciones que no procedan de instrumentos de la UE hasta el 80% del coste del vehículo. Cada comunidad mantiene sus propios programas, con estados muy distintos — verifica el estado real antes de contar con ellos.

¿Y si soy autónomo o tengo una empresa?

Tu convocatoria (Línea 2: 6.000 € por turismo y 7.500 € por furgoneta para autónomos y microempresas, con refuerzos de hasta 12.000 € vía Fondo Social para el Clima) aún no está publicada: el Ministerio prevé abrirla después del verano, con la misma retroactividad. Guarda factura y matriculación.

Resumen rápido

  • ✅ Convocatoria para particulares ABIERTA desde el 4 de agosto de 2026 a las 10:00, hasta el 31 de diciembre o agotamiento de los 350 millones.
  • ✅ Hasta 4.500 € por turismo (particulares), 6.000 € (autónomos, cuando abra su línea) y 12.000 € por furgoneta con Fondo Social para el Clima.
  • ✅ Retroactivo: compras desde el 1 de enero de 2026 (seminuevos desde matriculaciones de 2025).
  • ✅ Sin achatarramiento y con las mismas condiciones en toda España: gestión centralizada del Ministerio de Industria.
  • ⚠️ La ayuda NO se descuenta en factura: se cobra por transferencia tras resolución (máximo seis meses) y tributa en el IRPF.
  • ⚠️ El importe máximo exige eléctrico puro, precio bajo 35.000 € y fabricación europea: sin criterio europeo se queda en 3.375 €.
  • ⚠️ Presupuesto por orden de llegada: quien tarda en solicitar, arriesga.
  • ⚠️ Línea 2 (autónomos/empresas): prevista para después del verano — comprar ahora no hace perder la ayuda.

¿Siguiente paso? Comprueba si tu comunidad añade dinero extra (y si de verdad quedan fondos) en nuestro tracker de ayudas al coche eléctrico por comunidad autónoma y calcula cuánto recuperas en la renta con la guía de la deducción IRPF del 15% por coche y cargador.

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