Normativa

ZBE Ourense 2026: multa de 200 € sin etiqueta

📋 La ZBE de Ourense fija multa de 200 € desde el 1-jul-2026, pero no consta que se multe: las cámaras arrancarían en octubre de 2026.

Verificado el 7 de octubre de 2026. Esta guía se basa en el texto íntegro de la Ordenanza reguladora das zonas de baixas emisións do municipio de Ourense, publicado en el Boletín Oficial da Provincia de Ourense (BOP) núm. 204 del 23 de octubre de 2025 y corregido en el BOP núm. 213 del 5 de noviembre de 2025 y contrastado con la información oficial del Concello. Las citas literales van en gallego con su traducción.

👉 Atajo: si solo quieres saber si TU coche entra, usa el comprobador de ZBE — eliges ciudad y etiqueta y te da el veredicto con la ordenanza enlazada.

TL;DR

La ordenanza de la ZBE de Ourense fija una multa de 200 € y sitúa el inicio del régimen sancionador de la fase 1 el 1 de julio de 2026, pero no consta fuente oficial de que se esté multando: la prensa local sitúa las cámaras en octubre de 2026. Solo restringe a los sin etiqueta; 0, ECO, C y B entran libres, las 24 horas. La fase 2 llega el 1 de enero de 2029.

¿Multa hoy la ZBE de Ourense y desde cuándo?

Hay que separar lo que dice la norma, lo que dice el Concello y lo que cuenta la prensa.

La norma. La Disposición derradeira imprime las fechas. Su apartado 3 dice: "O réxime sancionador por infracción das normas de acceso, circulación e estacionamento na fase 1 da Zona de Baixas Emisións Ourense Centro entrará en vigor o 1 de xullo de 2026" (el régimen sancionador de la fase 1 entrará en vigor el 1 de julio de 2026). Hasta entonces "non se impoñerán sancións", aunque se remitan "avisos de carácter informativo". Como la ordenanza imprime las fechas, no hay que calcularlas.

El Concello. Su página oficial de la ZBE y la zona peonil (ourense.gal), consultada el 7 de octubre de 2026 y sin fecha de actualización visible, distingue "Fase 1 sen sancións (desde do 26 de decembro de 2025)" y "Fase 1 con multas (desde o 1 de xullo de 2026)". Describe el calendario, no un balance: no da cifras de multas ni dice que ya se impongan.

La prensa. La Región publicó el 1 de julio de 2026 que las multas entraban en vigor ese día, sin citar resolución alguna. Después, La Región (26 de septiembre de 2026) tituló que las cámaras "empezarán a multar en octubre", con varias ya instaladas y con la empresa SICE confirmando que el sistema funcionará "el mes que viene". Moncloa.com (medio digital, no la Presidencia del Gobierno) escribió el 2 de octubre que las multas arrancan "este mismo mes de octubre". Ninguna cita bando o nota oficial.

Conclusión: la norma prevé multar desde el 1 de julio de 2026, pero a 7 de octubre no consta oficialmente que se multe por entrar sin etiqueta. "Ourense multa 200 € desde julio" es cierto como previsión de la ordenanza, no como hecho acreditado. El artículo 7.1 añade que las cámaras no impedirán "tarefas de control, vixilancia e denuncia" por agentes de la autoridad: la denuncia presencial cabe desde la fecha de la norma, aunque ninguna fuente oficial dice que se haya producido.

FechaQué ocurreFuente
4-jul-2025El Pleno aprueba inicialmente la ordenanzaBOP núm. 132, 11-jul-2025
3-oct-2025Aprobación definitiva del PlenoBOP núm. 204, 23-oct-2025
26-dic-2025Normas de la fase 1, sin sanciones en la ZBEOrdenanza, Disp. derradeira 1
1-jul-2026Régimen sancionador de la fase 1Ordenanza, Disp. derradeira 3
3-jul-2026Contrato del sistema de control de tráfico de la ZBE con SICE (adjudicado el 1-jun-2026)TED 465351-2026, 7-jul-2026
Octubre de 2026Control automático por cámaras, según prensaLa Región, 26-sep y 1-oct-2026
1-ene-2029Fase 2, con su régimen sancionadorOrdenanza, Disp. derradeira 4

¿A quién afecta: por etiqueta o por autorización?

A las dos cosas. El Anexo II, apartado I.2.B, da acceso libre a "os vehículos diferentes aos anteriores con distintivo ambiental B, C, ECO e 0": quedan restringidos los vehículos sin distintivo. La exposición de motivos explica que se optó por "as restricións mínimas" porque los datos de calidad del aire no justifican más. Según el Concello, no hace falta llevar la etiqueta pegada: "as cámaras de control de acceso rexistran a matrícula do vehículo e o sistema comproba a súa etiquetaxe na bases de datos da DXT".

Un vehículo sin etiqueta entra por uno de estos dos regímenes (exposición de motivos, apartado D.3):

RégimenQué cubreEjemplos del Anexo II
Libre, sin solicitar nada (apartado I)El Concello obtiene los datos de oficioResidentes empadronados con vehículo propio o con ellos como conductores habituales en el Registro de Vehículos de la DGT; titulares de plaza de garaje; tarjeta de movilidad reducida del Concello; emergencias, taxis y transporte escolar; carga y descarga en horario; aparcamientos públicos
Con autorización previa (apartado II)El interesado aporta documentaciónResidentes con renting o alquiler; titulares de establecimientos; trabajadores de la zona; padres de alumnos; reparto a domicilio; hoteles; talleres; mudanzas; matrícula extranjera; históricos; eventos

¿Cuánto es la multa y con qué artículo?

El artículo 10.2 dice: "As infraccións tipificadas nesta ordenanza terán a consideración de graves e sancionaranse con multa de 200,00 euros". Es un importe fijo, no un máximo. El artículo 9 la apoya en el apartado z3 del artículo 76 del Real Decreto Legislativo 6/2015, y la cifra coincide con el artículo 80.1 de esa ley para las graves.

  • Reincidencia. El artículo 10.3 permite incrementarla "nun 30%" si hay más de una infracción de la misma naturaleza en un año declarada por resolución firme: 260 € sobre 200 €.
  • Pronto pago. La ordenanza no lo cita expresamente. Su artículo 10.4 hace aplicable "o réxime sancionador previsto no Título V" de la Ley de Tráfico, donde están los artículos 93.1 y 94: reducción del 50% si se paga en 20 días naturales. La Región (1-oct-2026) y Moncloa.com (2-oct-2026) escriben que los 200 € "quedan en 100 con pronto pago" sin citar documento, y no hemos localizado una nota municipal con el importe reducido.

¿Dónde está la zona?

El Anexo I la limita con las calles Habana, Emilia Pardo Bazán, Pena Trevinca, Coruña, Progreso y la plaza de Concepción Arenal. Esas calles "non forman parte da zona": la ZBE es el interior del polígono, que incluye casco histórico y centro moderno.

  • Fase 1 (sanciones desde el 1-jul-2026). Afecta "exclusivamente" a las vías interiores del polígono delimitado por Habana, Emilia Pardo Bazán, Pena Trevinca, Coruña, Progreso, Xoán XXIII, Concello, Parque de San Lázaro (tramo entre Concello y Curros Enríquez) y Curros Enríquez (hasta Habana).
  • Fase 2 (1-ene-2029). Extiende la restricción a Concello, Xoán XXIII, Parque de San Lázaro (tramo entre Concello y Curros Enríquez) y Curros Enríquez (hasta Habana).

Una discrepancia sin resolver: la página del Concello enumera para la fase 1 doce calles concretas (Ramón Cabanillas, Bedoya, Avenida de Buenos Aires, Lugo, García Mosquera, entre otras), mientras que la ordenanza define el polígono interior. En caso de duda, manda la ordenanza. La superficie no consta: el proyecto técnico del Anexo III no está transcrito en el BOP.

Dentro de la zona hay además vías peonís, con otro régimen: se amplían a calles del centro moderno (Concordia, San Francisco, Valle Inclán, Cardenal Quevedo, Teluro y tramos de Bedoya, entre otras) y se rigen por el Anexo II de la ordenanza de tráfico, no por la etiqueta. Según la propia ordenanza (Disposición derradeira, apartado 1) y la web del Concello, sus sanciones se aplican desde el 26 de diciembre de 2025, y una nota municipal del 2 de marzo de 2026 anunció el control por 17 cámaras en el casco histórico "a partir del martes, 3 de marzo". Entrar sin autorización es infracción leve de hasta 100 € (art. 10 de ese anexo), no los 200 € de la ZBE.

¿Qué pasa con un eléctrico o una etiqueta 0?

En la ZBE, la etiqueta 0 (eléctrico de batería, enchufable con 40 km o más de autonomía eléctrica, pila de combustible) tiene acceso libre igual que ECO, C y B: el Anexo II no las distingue. No necesita autorización, comunicar la matrícula ni llevar el distintivo pegado. Tres matices:

  1. Vías peonís. Dentro de la zona hay calles donde rigen excepciones por autorización (residentes, garajes, servicios, carga y descarga), no la etiqueta. Según el Concello, quien puede acceder a la zona peonil se entiende autorizado también a la ZBE.
  2. Vehículos de acceso limitado al casco urbano. El Anexo II, I.2.B, excluye a los que "polas súas especiais características, teñan limitado o acceso ao casco urbano". El Concello lo concreta en los de más de 5.500 kg.
  3. La etiqueta la asigna la DGT. Se comprueba por matrícula; puedes consultar la tuya en la sede de la DGT.

Frente a Pontevedra, que no restringe por etiqueta, o Vigo, que irá sumando la B y la C por fases, Ourense restringe solo a los sin etiqueta.

¿Cámaras y horario?

Horario. El Anexo I lo fija "Continuo (todos os días do ano, as vinte e catro horas do día)": sin franja.

Control. El artículo 7.1 establece el control "mediante sistemas automáticos de lectura de matrículas dos vehículos, a través da plataforma tecnolóxica implantada no centro de control de tráfico da Policía Local", y el 7.2 exige una resolución municipal que autorice las cámaras. El artículo 4 obliga a señalizar los accesos con las señales de la DGT.

Estado real. No consta oficialmente. La prensa informó de que el 1 de julio las cámaras de la ZBE no estaban operativas (motor16.com, 6-jul-2026, que recoge testimonios publicados por Faro de Vigo y la queja de un delegado sindical de la Policía Local por la falta de directrices internas) y de que a finales de septiembre había cámaras instaladas y señalización definitiva (La Región, 26-sep y 1-oct-2026; Moncloa.com, 2-oct-2026). Lo único oficial es el contrato: el anuncio de adjudicación publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (TED 465351-2026, 7-jul-2026) recoge que la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Ourense adjudicó el 1 de junio de 2026 a Sociedad Ibérica de Construcciones Eléctricas (SICE) los "suministros y servicios integrantes de las actuaciones necesarias para la implantación de los sistemas de control de tráfico de la zona de bajas emisiones Ourense Centro" por 619.037,01 € sin IVA, con contrato celebrado el 3 de julio de 2026, dos días después de la fecha del régimen sancionador. Ese anuncio no dice cuándo entra en servicio el sistema ni cuántas cámaras son.

¿Cómo se pide la autorización?

Según el Concello: por la sede electrónica (sede.ourense.gob.es, "Autorizacións de acceso á ZBE Ourense Centro e Zona Peonil") o en el Registro de entrada de la Praza Maior y de la Ponte, con modelos normalizados numerados. Las reglas están en el Anexo II, apartado III:

  • Plazo: un mes; si no hay resolución, la solicitud "entenderase estimada por silencio" (se entenderá estimada).
  • Después de entrar: se puede solicitar hasta el quinto día hábil posterior al primer acceso, con efectos retroactivos, y los expedientes sancionadores de ese periodo "quedarán sen efecto" (quedarán sin efecto).

¿Está Ourense obligada a tener ZBE?

Sí. El artículo 14.3 de la Ley 7/2021 obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes, y Ourense tenía 105.769 habitantes a 1 de enero de 2025 según el INE (tabla 2885). La ordenanza lo invoca en su preámbulo, pero admite que la calidad del aire es buena: los datos "revelan que en ningún caso se sobrepasaron os límites" del Real Decreto 102/2011. El panorama nacional está en la guía de ciudades que multan por etiqueta.

¿Hay recursos contra la ordenanza y qué viene después?

No hemos localizado ningún recurso, sentencia ni suspensión cautelar en el BOP ni en la prensa consultada; "no consta" no equivale a "no existe". Lo previsto: control automático en octubre de 2026 (prensa, sin fecha oficial); revisión del proyecto técnico "cando menos aos tres anos" del establecimiento (art. 3.3); y fase 2 el 1 de enero de 2029. Nuevas zonas exigen modificar la ordenanza (art. 2.2).

Errores comunes

  • "Ourense multa 200 € desde julio de 2026": es la previsión de la ordenanza; no consta fuente oficial de multas impuestas.
  • "Hay que llevar la etiqueta pegada": según el Concello, no; el sistema comprueba la matrícula en la base de la DGT.
  • "Las B y las C también están afectadas": tienen acceso libre; la ordenanza no prevé restringirlas.
  • "Las multas de la zona peonil y de la ZBE son la misma": la peonil es infracción leve de hasta 100 €; la ZBE, 200 €.
  • "El eléctrico entra en todas partes": en las vías peonís rigen las autorizaciones, no la etiqueta.

Fuentes oficiales

Preguntas Frecuentes

¿Multa ya la ZBE de Ourense?

La ordenanza prevé el régimen sancionador desde el 1 de julio de 2026, pero a 7 de octubre de 2026 no consta fuente oficial de que se multe. La prensa local sitúa el control automático por cámaras en octubre de 2026.

¿Cuánto es la multa por entrar sin etiqueta?

200 € fijos, según el artículo 10.2 de la ordenanza, como infracción grave del artículo 76.z3) de la Ley de Tráfico, con posible recargo del 30% por reincidencia (art. 10.3).

¿Se puede pagar con descuento?

La ordenanza no cita el pronto pago, pero su artículo 10.4 aplica el Título V de la Ley de Tráfico, que incluye el artículo 94 (reducción del 50% si se paga en 20 días naturales). No hay nota del Concello que confirme el importe reducido.

¿Qué etiquetas pueden entrar?

B, C, ECO y 0 tienen acceso libre (Anexo II, I.2.B). Los vehículos sin etiqueta solo entran en los supuestos de acceso libre o con autorización.

¿Puede entrar un coche eléctrico?

Sí, con etiqueta 0 tiene acceso libre a la ZBE. En las vías peonís rigen las autorizaciones, no la etiqueta, y los vehículos con acceso limitado al casco urbano (el Concello cita los de más de 5.500 kg) quedan fuera del acceso libre.

¿Cómo pido la autorización de acceso?

Por la sede electrónica del Concello o en el Registro de entrada de la Praza Maior y la Ponte, con el modelo normalizado. El plazo es de un mes y el silencio es positivo (Anexo II, III.2).

¿Puedo pedirla después de entrar?

Sí, hasta el quinto día hábil posterior al primer acceso, con efectos retroactivos y archivo de oficio de los expedientes sancionadores de ese periodo (Anexo II, III.3).

¿Cuándo se amplía la ZBE?

El 1 de enero de 2029 entra la fase 2, con las calles Concello, Xoán XXIII, Parque de San Lázaro y Curros Enríquez, y su régimen sancionador.

Resumen rápido

  • ✅ Ordenanza aprobada el 3 de octubre de 2025 y publicada íntegra en el BOP núm. 204 del 23 de octubre de 2025; las fechas de las fases están impresas en la norma.
  • ⚠️ El régimen sancionador de la fase 1 consta desde el 1 de julio de 2026, pero no hay fuente oficial de que se multe: la prensa apunta a octubre de 2026.
  • ✅ Multa de 200 € (art. 10.2), con posible recargo del 30%; el pronto pago no se cifra y remite al Título V de la Ley de Tráfico.
  • ✅ Solo restringe a los sin etiqueta: 0, ECO, C y B tienen acceso libre, las 24 horas.
  • ⚠️ En las vías peonís de la zona no vale la etiqueta, y su multa es distinta (hasta 100 €).
  • ⚠️ La web del Concello enumera doce calles para la fase 1 y la ordenanza define el polígono: discrepancia sin resolver.
  • ❌ No constan recursos judiciales, cifras oficiales de multas ni la superficie de la zona.
  • ✅ Con 105.769 habitantes (INE, 1-ene-2025), Ourense está obligada por el artículo 14.3 de la Ley 7/2021.

Para comparar con otras gallegas, la guía de la ZBE de A Coruña explica una ordenanza con multa de 200 € que no restringe por etiqueta. El conjunto está en la guía de ciudades que multan por etiqueta y en el comprobador de ZBE. Si valoras pasarte al eléctrico, el Plan Auto+ 2026 detalla las ayudas vigentes.

Seguir leyendo

Guías relacionadas